Wednesday, May 26, 2010

Asesoria legal

Buen dia tengan todos, el dia de hoy nos ponemos a sus
ordenes a fin que podamos juntos resolver las dudas
legales que se presenten en tu vida; ya sea por que realmente
te hayas involucrado en un problema legal, o para solicitar
opinion, asesoria, comentar alguna nueva dispocicion inclusive
resolver una tarea o cualquier cosa que necesite un punto de
vista desde la perspectiva del derecho.

El de hoy comentare una duda que ha surgido, en materia electoral
y administrativa, es si las personas qu tienen alguna incapacidad
intelectual pueden tramitar su credencial de elector (IFE).

La respuesta es que si, no resulta impedimento alguno que aquellas personas
que se vean mermadas en sus capacidades intelectuales, puedan tramitar
su credencial de elector, unicamente deben de contar con los requisitos
que la misma ley establece, sin embargo la tramitacion de dicho documento
es unicamente con fines de identificacion, ya que se podria hacer un mal uso
de dicho documento.
Bajo este tenor no existe ordenamiento o precepto legal alguno que prohiba
o niegue el ejercicio de este derecho a las personas con discapacidad intelectual
siempre y cuando sean ciudadanos mexicanos, mayores de 18 aƱos.

En este sentido la persona con discapacidad intelectual se encuentran
regidos bajo la figura de la tutela, es decir que una persona en pleno
goce de sus derechos como ciudadano actuara en su representacion, no asi
al momento de ejercer su voto ya que son actos personalisimos.
Asi pues se agradece a Antonio ramirez por expresarnos su duda
y esperemos que le sea de ayuda.

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